RESOLUCION 95/2012 DEL MINISTERIO DE TRABAJO - Contribuciones patronales
10 de febrero de 2012
Fue publicada el pasado 8 de febrero, establece beneficio para nuevos empleos que generen empresas que no modifiquen la plantilla de personal vigente al 30 de noviembre.
El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, mediante la Resolución 95/2012, publicada en el Boletín Oficial el día del 8 de ferebro, estableció que la plantilla total de trabajadores a mantener, con la finalidad de no perder el beneficio de reducciones en las cargas sociales para nuevos empleos, será la conformada por los trabajadores activos al 30 de noviembre de 2011.
La Cámara Argentina de Comercio recuerda que mediante el artículo 16 de la ley 26.746, se establece que por el término de 24 meses, a partir del mes de inicio de una nueva relación laboral, los empleadores gozarán por este motivo de una reducción de sus contribuciones vigentes con destino a los distintos subsistemas de la seguridad social.
Quedan exceptuadas aquellas referidas al Sistema de Seguro de Salud y las cuotas destinadas a las Administradoras de Riesgos del Trabajo.
Este beneficio consiste en que durante los primeros 12 meses se ingresará el 50 % de las citadas contribuciones y por los segundos 12 meses se pagará el 75 % de aquéllas.
Para mantener la reducción comentada, los empleadores no deben disminuir la plantilla total de trabajadores hasta dos años después de la finalización del régimen de beneficios. Con respecto a este punto, la norma dispone que este plazo deberá computarse desde el 31 de diciembre de 2011.
Por otro lado, no se considerará parte de la plantilla de personal ocupado a los:
•Trabajadores eventuales.
•Trabajadores contratados en el marco del régimen propio de la Industria de la Construcción.
•Trabajadores declarados en la figura de régimen de contrato a plazo fijo. •Trabajadores no permanentes del régimen nacional del trabajo agrario.
Si con posterioridad al otorgamiento del beneficio la plantilla quedase disminuida, el empleador, dentro de los 90 días, deberá proceder a su integración mediante nuevas contrataciones, como condición para continuar manteniendo el beneficio.
Fuente:
CAC News